I. Introducción
Entre las diversas actividades económicas que se llevan a cabo en nuestro país, es la compra y venta de terrenos, por diversas causas: falta de liquidez o simplemente por inversión, y que se realizan mediante Forma de pago en EFECTIVO.
El manejo de EFECTIVO, podría motivar que se utilice en transacciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
Entre los controles que deben establecerse a esta actividad es:
- Origen del dinero, en el caso de pagos realizados en efectivo por la compra de estos bienes
- Establecer correctamente la identificación de la persona o personas que intervienen en dicha operación.
II. Formalidad de las operaciones y due diligence
Uno de los objetivos de la Ley Federal de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, (LFPIORPI) o Ley Antilavado, es precisamente conocer a los participantes de la operación, controlar estas formas de pago y revisar aquellas operaciones que se hubieran realizado en la compra o venta de desarrollo de bienes inmuebles.
I.1 Conocimiento del cliente:
La principal acción de prevención es el conocimiento del cliente (Know your client). ¿Por qué debemos conocer al cliente? Porque al identificar a las personas que intervienen en una operación, es conocer cuál es su fuente de ingresos, su arraigo en la sociedad, y si sus operaciones son calificadas como seguras, y cuál es la procedencia de los bienes, así como los recursos de quien proporciona el pago.
I.2 Due diligence, o debido cumplimiento
Una due diligence será, entonces, el proceso de investigación o auditoría que se realiza hacia una empresa o persona con la que, un potencial comprador o inversionista realizaría una operación de compra o venta de algún inmueble, sujeto a la Ley (antilavado). Y a la vez, el vendedor debe tener muy claro el origen de estos bienes para transparentar y controlar los recursos que intervienen, y que pueden ser objeto de la ley.
Es recomendable elaborar un Manual que contenga los lineamientos, políticas, criterios, medidas y procedimientos internos, con las que darán cumplimiento a la Ley, su reglamento, Reglas de carácter general, y demás disposiciones que de esas emanen, siempre guiados por asesores especialistas.
III. Área de PLD-FT en CR&C Consultores Fiscales
Ante la necesidad de dar a conocer las implicaciones que trae la Ley antilavado, en estas áreas específicas de la economía, en C&RC Consultores Fiscales, contamos con el área de servicios de Asesoría en Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (PLD-FT) y se enfoca en aquellos empresarios, que se desempeñan en giros o rubros denominados por la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) como: Actividades Vulnerables.
Trataremos en este blog, la actividad señalada en la fracción V de la Ley:
DESARROLLO DE BIENES INMOBILIARIOS
IV. En el caso de Inmuebles, la ley la encuadra como actividad vulnerable por:
La prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles o de intermediación en la transmisión de la propiedad o constitución de derechos sobre dichos bienes, en los que se involucren operaciones de compra o venta de los propios bienes por cuenta o favor de clientes de quienes presten dichos servicios.
En la siguiente tabla se hace el análisis de lo que la ley contempla como sujeto obligado, o bien, si no se tiene obligación con respecto a las operaciones que se indican:
Conclusiones: La LFPIORPI contempla en el artículo 17, fracción V, a los servicios de construcción como una actividad vulnerable, solo se refiere a los servicios de construcción de bienes inmuebles, y no a los servicios de construcción en general.
TIP para saber si eres Actividad vulnerable:
Para ser considerada vulnerable dicha actividad, es necesario que quien presta el servicio de construcción del bien inmueble intervenga en la compra o venta de éste, por lo que, si solo construye el bien inmueble, pero no participa o interviene en la compra o venta, pues entonces no se considera actividad vulnerable.
Cualquier otra persona cuya actividad englobe dentro del concepto “Servicios de construcción”, para fines fiscales y/o económicos, pero no construya bienes inmuebles y no intervenga en su compra o venta, no realizará actividades vulnerables, y por lo tanto no tendrá obligación con respecto a la LFPIORPI.
Contacta con los Asesores de C&RC:
Cecilia G. Garcia Galindo cecilia.garcia@crcfiscal.com
LD. María Victoria Garcia Galindo victoria.garcia@crcfiscal.com
Semblanza de los asesores:
L.D. Cecilia G. García Galindo
Certificación: Por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en materia de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo, con número de certificado GAGCEL0-2016-12892-NCOC.
Graduada de la Facultad de Derecho por la Universidad Autónoma de Baja California, campus Mexicali.
Abogada del área de Responsabilidades en la Dirección de Contraloría de la Sindicatura Municipal del XV y XVI Ayuntamientos de Mexicali, del año 1998 a 2001.
Secretario de Acuerdos en la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California, con sede en Ensenada, adscrita en diversas Agencias Especializadas, desde 2002 hasta 2010.
Oficial de Cumplimiento, de Centro Cambiario, en el área específica de PLD-FT, desde el año 2012 hasta 2020, actividad destinada a la verificación de cumplimiento de las obligaciones de avisos y reportes a las que se encuentran sujetos los Centros Cambiarios de conformidad con las disposiciones aplicables que derivan de las leyes del Sistema Financiero que regulan en materia de Prevención de Lavado de Dinero y contra el Financiamiento al Terrorismo.
Abogado Litigante, práctica profesional en juicios de carácter penal, familiar y mercantil.
C.P. y L.D., María Victoria Garcia Galindo
Graduada de la Escuela de Contabilidad y Administración de la Universidad Autónoma de Baja California, campus Ensenada Sauzal, como Contador Público, en 1989.
Graduada de la Facultad de Ciencias Administrativas y Sociales, de la Universidad Autónoma de Baja California, campus Ensenada Valle Dorado, como Licenciada en Derecho en 2014.
Contador General en diversas empresas de diversos ramos, tales como: Ferretero, Hotelero, Exportación de mariscos, y otros, desde 1990 hasta 2003.
Conferencias para el gremio de Centros cambiarios, asesoría, y auditorias de cumplimiento a centros cambiarios 2012 y 2013.
Ejercicio de la profesión de manera independiente, por 18 años en el área contable, fiscal y comercio exterior.
Asesoría directa en la elaboración de manuales de políticas, criterios, medidas y procedimientos de identificación y conocimiento de usuarios en materia de PLD-FT.
Abogado Litigante, práctica profesional en juicios de carácter familiar, mercantil.